
El juez Diego Javier Slupski, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°13, de la ciudad de Buenos Aires, decidió rechazar la excarcelación de Leandro Esteban García Gómez, imputado y detenido por presunta violencia de género contra Lourdes Fernández, cantante del grupo Bandana.
La decisión del magistrado Slupski coincide con la postura adoptada por la fiscal Silvana Russi, responsable de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°43, quien en las últimas horas desaconsejó la excarcelación debido a la existencia de riesgos procesales.
“Destaco que ‘la seriedad del delito y la eventual severidad de la pena’ son dos factores que deben tenerse en cuenta para evaluar la posibilidad de que el encausado intente fugar se para eludir la acción de la justicia”, argumentó el juez.
Y añadió: “Respecto al peligro de entorpecimiento, no puedo descartar la posible presión sobre la damnificada como así también su círculo de amigos y familiares, puesto que en razón del vínculo que los unió conoce las rutinas de quien solía ser su pareja, su domicilio como así también los contactos de sus allegados”.

En su resolución, el magistrado también citó a los especialistas de la Oficina Doméstica de la CSJN, que dieron cuenta de que “se trata de un caso […] de entrampamiento vincular atravesado por una situación de violencia de género de larga data que actualmente sería invisibilizada por la entrevistada».
Y concluyó: “A su vez valoro de modo negativo la actitud elusiva y obstructiva proceso del accionar de la justicia en el marco de este proceso, pues no es posible soslayar que en dos ocasiones ocultó y negó al personal policial que acudió a su domicilio la presencia de la víctima, sólo pudo darse con Cecilia Lourdes Fernández al expedirse la correspondiente orden de allanamiento y registro del inmueble del encausado como así también de los espacios comunes del edificio”.
Sus argumentos fueron en línea con el dictamen presentado este lunes por la fiscalía, que consideró que persistía el peligro de fuga y de entorpecimiento en la investigación, fundamentando su opinión en los antecedentes del procesado y la gravedad del caso.
García Gómez enfrenta cargos que, en principio, podrían encuadrarse como “lesiones leves agravadas por haber sido ocasionadas a la persona con la que mantenía una relación de pareja y por haber mediado violencia de género, en concurso real con el delito de privación ilegal de la libertad agravado por haber sido cometido con violencia y en perjuicio de una persona a quien debe respeto particular, en carácter de autor”.

En el dictamen que la fiscal Russi elevó al juez en las últimas horas, sostuvo que, de acuerdo con los antecedentes condenatorios registrados en el historial del imputado, “se avizora que la eventual sanción que pudiera recaer en este sumario no podrá ser dejada en suspenso, lo que configura el primer presupuesto de riesgo de elusión que se observa en el caso”.
En otro tramo del documento, la representante del Ministerio Público destacó “las graves características de los hechos investigados, la naturaleza del delito que se le atribuye a García Gómez y la actitud asumida por éste, que constituyen indicios suficientes para considerar que no se someterá a la persecución penal”.
El escrito también hizo referencia a la prueba reunida en el expediente, incluyendo las declaraciones de testigos allegados a la víctima, quienes describieron un alto grado de violencia en la relación entre Fernández y García Gómez, la cual —según el dictamen— se habría mantenido a lo largo del tiempo.
Además, dieron cuenta de que habría incluido actos de agresión y control que culminaron en el último episodio de privación ilegítima de la libertad y aislamiento de su entorno social y de su centro de vida.
En este punto, Russi subrayó que “la circunstancia aleatoria de que los nombrados hayan retomado la relación en varias ocasiones y el hecho de que la propia damnificada, al ser interrogada, haya intentado justificar las conductas que padece, no hace más que dejar al descubierto la influencia que el imputado ejerce sobre ella, el estado de vulnerabilidad y la naturalización de la violencia en la que se encuentra inmersa”.

El escrito incluyó un informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuyos profesionales entrevistaron recientemente a la víctima.
En sus conclusiones, los especialistas advirtieron la presencia de “indicativos de una percepción subjetiva de riesgo deficitaria, coligada a la naturalización de la violencia” y describieron la situación como un caso de “entrampamiento vincular atravesado por una situación de violencia de género de larga data que actualmente sería invisibilizada por la entrevistada”, evaluando el riesgo como alto.


