Este domingo 26 de octubre, los argentinos acudirán a las urnas para renovar la mitad de la Cámara de Diputados, con 127 bancas en disputa, y un tercio de los 24 legisladores del Senado de la Nación.
Las elecciones legislativas nacionales marcarán un hito con la implementación de la Boleta Única de Papel en todo el país. Para poder votar, los ciudadanos deben figurar en el padrón electoral y presentar un documento válido que acredite su identidad.
El pronóstico del tiempo para el domingo 26 de octubre
Según el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), luego de las tormentas previstas para hoy y mañana, el tiempo se estabilizará en el AMBA de cara a los comicios. Aunque la temperatura no alcanzará valores típicos de primavera, se espera una jornada templada, con una máxima de 23 °C y una mínima de 12 °C.
El cielo permanecerá parcialmente nublado durante todo el día y no se esperan precipitaciones. Por el momento, tampoco se prevén alertas meteorológicas para ninguna provincia el domingo.

Qué pasa si no puedo ir a votar
La multa por no ir a votar en las elecciones varía entre $50 y $500, según lo establecido en el Artículo 125 del Código Electoral Nacional. Los valores son los siguientes:
- Primera infracción: $50.
- Segunda infracción: $100.
- Tercera infracción: $200.
- Cuarta infracción: $400.
- Quinta o más infracciones: $500.
Esta sanción económica se aplica a los electores mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección.
Además, quienes no cumplan con la obligación de votar y no presenten una justificación válida quedarán registrados en el Registro de Infractores al Deber de Votar.
A diferencia de la obligatoriedad que rige para la mayoría de los votantes, el sufragio para los jóvenes de 16 y 17 años es optativo, lo que significa que no están obligados a concurrir a las urnas.
En el caso de los ciudadanos argentinos que residen en el extranjero, el voto también tiene carácter optativo. La normativa establece que quienes tengan domicilio registrado fuera del país antes del 19 de abril de 2025 podrán participar en la elección.

Esta excepción también se extiende a las personas mayores de 70 años, quienes, según la misma normativa, no tienen la obligación de participar en las jornadas electorales.
También están exceptuados de votar: los jueces y sus auxiliares que deban cumplir funciones en sus oficinas durante las elecciones; quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación; las personas declaradas “dementes”; los condenados por delitos dolosos con pena privativa de la libertad; y quienes hayan sido sancionados por infracciones a las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos.
Le siguen aquellos sancionados por deserción calificada, durante el doble del tiempo de la sanción; los declarados rebeldes en causas penales, hasta que cese la rebeldía o se cumpla la prescripción; y el personal de organismos y empresas de servicios públicos que, por razones vinculadas a sus tareas, no pueda asistir al comicio.

Para justificar la ausencia en las elecciones, es necesario realizar un trámite a través del sitio web de la Cámara Nacional Electoral (CNE), donde se encuentra el registro de infractores. Allí, en la sección de consulta, se deben ingresar los siguientes datos: número de documento, género, distrito electoral y un código de validación que solicita la página.
Una vez verificada la condición de infractor, se debe seleccionar la causa de la ausencia y cargar la documentación correspondiente, además de completar los datos de contacto. Este trámite puede realizarse hasta 60 días hábiles después de la elección para evitar el pago de la multa. Si la CNE acepta la justificación, no será necesario abonar la multa.

Horarios de votación y documentos válidos para votar
Los comicios se celebrarán entre las 8 y las 18 horas del próximo domingo. La publicación de resultados oficiales está restringida hasta las 21, salvo que la justicia electoral disponga lo contrario y se haya verificado un porcentaje mínimo de mesas.
Desde la página oficial del Estado argentino determinan que las elecciones legislativas 2025 “se regulan por lo dispuesto en la Constitución Nacional en conjunto con diversas leyes, decretos y disposiciones de alcance nacional”.
En ese sentido, el Código Nacional Electoral señala en el Título VIII, referido a las Disposiciones Generales y Transitorias, que, según el Artículo N°167, “la Libreta de Enrolamiento (Ley 11.386), la Libreta Cívica (Ley 13.010) y el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), en cualquiera de sus formatos (Ley 17.671) son documentos habilitantes a los fines de esta ley”.


